recurrirunamulta.es Abogado colegiado · ICAV nº 19.302

Tráfico · Aparcamiento · ZBE · Otras sanciones

¿Te han multado? Recurre tu multa.

Da igual si es de tráfico, de aparcamiento (zona azul, grúa, vado), de ZBE o cualquier otra sanción: elige tu plan, haz una foto al boletín de denuncia y cuéntanos qué pasó. Recibirás un recurso de alegaciones listo para presentar, revisado por un abogado colegiado si lo necesitas.

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Elige tu plan y recurre tu multa

Tres pasos: subes la foto, nos cuentas qué pasó y pagas. Nada más.

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Sube la foto de tu multa

Una foto del boletín de denuncia con el móvil, o el PDF si lo recibiste por correo.

Asegúrate de que se lean el número de expediente, la fecha y el importe.

Cuéntanos qué ha ocurrido

Primero, ¿qué tipo de multa es?

Ahora explícalo con tus palabras, o dinos por qué crees que podría ser recurrible.

Cuanto más concreto seas, mejores serán los motivos de alegación de tu recurso.

Últimos datos y pago

Te enviaremos el recurso a este correo.

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Adrián E. Salavert López, abogado colegiado nº 19.302 del ICAV

El abogado detrás de tu recurso

Adrián E. Salavert López

Abogado · Colegiado nº 19.302 · Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV)

“Cada recurso del plan Con abogado y cada asesoría pasan por mí. Reviso los motivos de alegación uno a uno para que tu escrito tenga la máxima solidez ante la Administración.”

¿Te han multado? Esto es lo que puedes hacer

Recibir una multa de tráfico no significa que tengas que pagarla sin más. La ley te reconoce el derecho a presentar un escrito de alegaciones y, si no prospera, un recurso posterior. El problema suele ser el mismo: no saber qué argumentar ni cómo redactarlo. Para eso está esta web.

Motivos habituales para recurrir una multa

Notificación defectuosa o fuera de plazo, caducidad o prescripción del expediente, señalización deficiente o no visible, errores en los datos del boletín, falta de identificación del conductor, radares sin verificación vigente o ausencia de motivación de la denuncia.

Plazos: no los dejes pasar

Por regla general dispones de 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones. Si pagas con la reducción del 50 % renuncias a recurrir, así que decide antes de pagar. En tu documento te indicamos el plazo concreto de tu expediente.

Qué multas puedes recurrir aquí

Tráfico: exceso de velocidad, radar, semáforo en rojo, móvil al volante, cinturón, adelantamientos. Aparcamiento: zona azul u ORA, estacionamiento prohibido, doble fila, vado, carga y descarga, grúa. ZBE y etiqueta ambiental, carril bus, y otras sanciones administrativas municipales (ruidos, residuos, ordenanzas de convivencia).

Preguntas frecuentes

¿Me garantizáis que me quitan la multa?

No, y desconfía de quien te lo prometa. Lo que hacemos es preparar un recurso sólido con los motivos de alegación que mejor encajan con tu caso. La decisión final siempre corresponde a la Administración.

¿Qué plazo tengo para recurrir una multa?

Con carácter general dispones de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia para presentar alegaciones. Es importante no dejarlo pasar: en tu recurso te indicamos el plazo concreto de tu expediente.

¿Cómo presento el recurso?

Junto al documento recibirás instrucciones paso a paso: dónde presentarlo (sede electrónica del organismo sancionador, registro o correo administrativo) y qué necesitas para hacerlo.

¿Y si pago la multa con descuento?

El pago con reducción del 50 % implica la renuncia a recurrir en vía administrativa y pone fin al procedimiento. Si vas a alegar, no pagues antes: en la asesoría podemos ayudarte a valorar qué te conviene.

¿Qué tipos de multa puedo recurrir?

Multas de tráfico (velocidad, radar, semáforo, móvil, cinturón), de aparcamiento (zona azul u ORA, estacionamiento prohibido, doble fila, vado, carga y descarga, retirada por grúa), de ZBE y etiqueta ambiental, y otras sanciones administrativas municipales como ruidos, residuos u ordenanzas de convivencia. Tanto de la DGT como de ayuntamientos.

¿También las de aparcamiento y zona azul?

Sí. Son de las más habituales y, a menudo, de las más recurribles: señalización insuficiente, tickets ya abonados, errores en la lectura de matrícula o defectos en la notificación. Selecciona «Aparcamiento» al describir tu caso.

¿Qué pasa con mis datos?

Tratamos tus datos conforme al RGPD, se alojan en servidores de la Unión Europea y se eliminan a los 90 días. No los cedemos a terceros.

Aviso importante. El recurso que entregamos es un documento orientativo elaborado a partir de la información y la documentación que facilita el cliente. La decisión de presentarlo, la forma y el momento de hacerlo y su resultado son responsabilidad exclusiva del cliente; no garantizamos la anulación ni la reducción de la sanción. Servicio prestado bajo la supervisión de Adrián E. Salavert López, abogado colegiado nº 19.302 del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV). Tus datos se tratan conforme al RGPD, se alojan en la Unión Europea y se eliminan a los 90 días.